Más de un centenar de médicos y médicas inspectoras de la Seguridad Social se han unido a través de APROMESS (Asociación Profesional de médicos evaluadores de la Seguridad Social) para solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la creación, desarrollo y reconocimiento de un sistema de carrera profesional para los Médicos Evaluadores del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Este colectivo estatal, no dispone en este momento de un sistema de reconocimiento de carrera profesional, a diferencia de lo que ocurre entre los inspectores médicos de algunas comunidades autónomas y entre la mayoría de médicos del Sistema Nacional de Salud.
Los médicos del INSS entienden que el no reconocimiento de esta fórmula de valoración de la progresión profesional, en la que se valoran méritos como la formación, investigación, docencia, etc…, vulnera sus derechos tanto como sanitarios como empleados públicos, generando un agravio con otros profesionales sanitarios y desmotivando a los médicos del INSS.
Aluden en su escrito al artículo 14 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que señala la carrera profesional como un derecho, “los funcionarios tendrán derecho al desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición profesional y de acuerdo con la progresión alcanzada en su carrera profesional a la progresión en la carrera profesional y promoción interna según principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad mediante la implantación de sistemas objetivos y transparentes de evaluación”; y a lo dispuesto en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
Es claro, que los profesionales sanitarios que prestan servicios en el seno de la Administración Pública tienen derecho al acceso y retribución de su carrera profesional. Sin embargo, lo cierto es que los Médicos del INSS no tienen reconocido de este derecho. Esto supone una discriminación frente al resto de profesionales médicos y, por tanto, una vulneración del principio de igualdad y no discriminación, examinado a través de la normativa especial que regula las profesiones sanitarias.
La doctrina de Juzgados y Tribunales es clara en cuanto a la interdicción de la discriminación en la actuación administrativa. En concreto, en cuanto al acceso a la carrera profesional, los Tribunales vienen señalando la obligación de la Administración de establecer un sistema de carrera administrativa para los profesionales que presten sus servicios en ella.
Desde APROMESS señalan que la inactividad de la Administración no puede redundar en un beneficio para el incumplidor, una vez que el derecho -como tal- se encuentra doblemente reconocido, tanto en la normativa general de función pública como en la especial de los profesionales sanitarios y que de no ser atendida su solicitud por la Administración, se verán obligados a solicitar que sea un tribunal quien reconozca dicho derecho.
Unidades médicas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
En las unidades médicas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, mediante el colectivo de médicos inspectores del INSS, se realizan los preceptivos exámenes médicos para el reconocimiento de las prestaciones de la Seguridad Social relacionadas con la salud, tal y como recoge el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social.
Mediante el reconocimiento de los y las pacientes, los Médicos Inspectores evalúan la capacidad funcional y laboral de las personas trabajadoras.
Tras los meses de pandemia, el volumen de expedientes acumulados en las unidades médicas del INSS es muy elevado y el número de profesionales que atiende a los mismos es cada vez menor, dado el elevado número de jubilaciones que se están produciendo, las vacantes que permanecen sin cubrir y los pocos profesioneles médicos de otros ámbitos que se interesan por este trabajo.
Desde APROMESS recuerdan la necesidad de unas unidades médicas dotadas adecuadamente con profesionales cualificados, motivados y profesionalmente reconocidos mediante un sistema de carrera profesional como fórmula para garantizar una atención de calidad a las personas usuarias y alertan de que no cumplir con estos estandaers podría afectar negativamente a la calidad del servicio prestado.